Ejecutor Coactivo: Sally Alicia Moran Herrera
El adjudicatario del bien, después de concluido el acto de remate, entregará en calidad de arras al martillero público el 30% del monto adjudicado, en efectivo o cheque certificado o de gerencia a la orden de SUNAT/Banco de la Nación, en soles (S/). El adjudicatario del bien deberá cancelar el saldo del precio, en efectivo o cheque certificado o de gerencia a la orden de SUNAT/Banco de la Nación, en soles (S/), el cuarto (4to) día hábil de realizado el remate.
Los bienes se rematan donde están, como están, en el estado en que se encuentren, a la vista (ad corpus) y sin lugar a reclamo posterior.
Verificar estado de conservación de bienes muebles.
Asiento D00007, Hipoteca a favor de PARACAS S.A con RUC 20134522616, hasta por la suma de US$ 854,300.00 dólares americanos. 2) Asiento D00006.- EMBARGO en mérito a la Resolución Coactiva N.º 2530070011831 del 25/06/2010, expedida por el Ejecutor Coactivo Jorge Aníbal de la Cruz Carlos de la Intendencia de Tributos Internos Tumbes - SUNAT, dentro del proceso de cobranza coactiva hasta por la suma de S/ 2 000 000.00 (DOS MILLONES Y 00/100 SOLES).
PRIMERO
Bienes Inmuebles: Tratándose de los bienes inmuebles materia de remate, su exhibición al público es por los exteriores de estos y de forma permanente en el lugar de su ubicación. La autorización de ingreso al interior de los inmuebles materia de remate deberá ser solicitado directamente por los interesados con los ocupantes del mismo.
Texto Único Ordenado Del Código Tributario aprobado mediante D.S. Nº 133-2013-EF. Reglamento Del Procedimiento De Cobranza Coactiva, aprobado por la Resolución De Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT
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