Ejecutor Coactivo: CARLOS F. GALDOS GALDOS
En efectivo o cheque de gerencia a nombre de SUNAT/BANCO EMISOR, en moneda nacional.
Hipoteca a favor de la SUNAT hasta por la suma de S/ 491,960.50.
Embargo a favor de SUNAT hasta por la suma de S/ 100,000.00.
TERCERO
BIENES INMUEBLES: Tratándose de los bienes inmuebles materia de remate, su exhibición al público es por los exteriores de los mismos y de forma permanente en el lugar de su ubicación. La autorización de ingreso al interior de los inmuebles materia de remate deberá ser solicitado directamente por los interesados con los ocupantes del mismo.
Ejecutor Coactivo: CARLOS F. GALDOS GALDOS
Luego del pago del saldo del precio al cuarto día hábil posterior al remate.
ARRAS
En efectivo o cheque de gerencia a nombre de SUNAT/BANCO EMISOR, en moneda nacional.
NO APLICA
En efectivo o cheque de gerencia a nombre de SUNAT/BANCO EMISOR, en moneda nacional.
De acuerdo con el artículo 116° numeral 10 del T.U.O. del Código Tributario, una vez adjudicados los bienes, se ordenará dejar sin efecto toda carga o gravamen sobre los mismos y que estuviera registrada ante SUNARP, a excepción de la anotación de demanda.
Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante D.S. Nº 133-2013-EF.
Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT.
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