Para mayor información llamar 964408217, 965066935 o 970589308
El adjudicatario del bien, después de concluido el acto de remate, entregará en calidad de arras al martillero público el 30% del monto adjudicado, en efectivo o cheque certificado o de gerencia a la orden de SUNAT/Banco de la Nación, en soles (S/).
El adjudicatario del bien deberá cancelar el saldo del precio, en efectivo o cheque certificado o de gerencia a la orden de SUNAT/Banco de la Nación, en soles (S/), el cuarto (4to) día hábil de realizado el remate. Los bienes se rematan donde están, como están, en el estado en que se encuentren, a la vista (ad corpus) y sin lugar a reclamo posterior. Verificar estado de conservación de bienes muebles.
1) Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de $2,490,600.00 dólares americanos del 04/04/2013 se traslada del asiento D00002 inscrito en la matriz 07036017; 2) Embargo expedido por la Municipalidad Distrital de Miraflores hasta por la suma de S/22,000.00 del 21/09/2015 se traslada del asiento D00003 inscrito en la matriz 07036017; 3) Embargo expedido por INDECOPI hasta por la suma de S/12,769.00 del 07/09/2018 se traslada del asiento D00004 inscrito en la matriz 07036017; 4) Embargo expedido por INDECOPI hasta por la suma de S/25,337.50 del 07/09/2018 se traslada del asiento D00005 inscrito en la matriz 07036017; 5) Embargo expedido por SUNAT hasta por la suma de S/78,860.00 del 13/10/2022
Bienes Inmuebles: Tratándose de los bienes inmuebles materia de remate, su exhibición al público es por los exteriores de estos y de forma permanente en el lugar de su ubicación. La autorización de ingreso al interior de los inmuebles materia de remate deberá ser solicitado directamente por los interesados con los ocupantes del mismo.
Panesi Moreno Aldo Luis
Es de cargo del adjudicatario la comisión del martillero conforme el siguiente detalle:
Bienes Inmuebles – el 1.50 % del precio subastado más I.G.V. respectivo.
Bienes Muebles: El 3.00 % del precio subastado más I.G.V.
Texto Único Ordenado Del Código Tributario aprobado mediante D.S. Nº 133-2013-EF. Reglamento Del Procedimiento De Cobranza Coactiva, aprobado por la Resolución De Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT
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