Ejecutor Coactivo: Nilton Ronald Capcha Sánchez – DNI N° 42038692
El adjudicatario del bien deberá cancelar el saldo del precio, en efectivo o cheque certificado o de gerencia a la orden de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN, en Soles, el cuarto (4to) día hábil de realizado el remate. Los bienes se rematan dónde están, como están, en el estado en que se encuentren, a la vista (Ad Corpus) y sin lugar a reclamo posterior. Verificar estado de conservación de bienes muebles.
1) Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú, hasta por la suma de Ocho mil y 00/100 Dólares Americanos ($ 8,000,000.00), asiento D00002; 2) embargo en forma de inscripción, trabado mediante Resolución Coactiva N° 1530070260135, hasta por la suma de Once Mil y 00/100 Soles (S/ 11,000.00), asiento D00003; 3) ampliación de embargo en forma de inscripción, trabado mediante Resolución Coactiva N° 1530070498591, hasta por la suma de Ciento Dieciocho Mil y 00/100 Soles (S/ 118,000.00), asiento D00004
El remate se hará sobre las acciones y derechos correspondientes al 50% del bien inmueble al tener la propiedad compartida.
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Tratándose de Bienes Inmuebles: Los interesados podrán verlo en el lugar de su ubicación, no resulta aplicable el numeral 4) del artículo 25° del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado por R.S N° 216-2004/SUNAT. La exhibición al público es por los exteriores de los inmuebles y de forma permanente en el lugar de su ubicación. La autorización de ingreso deberá ser solicitada directamente a los ocupantes.
Ejecutor Coactivo: Nilton Ronald Capcha Sánchez, con DNI N° 42038692
Auxiliar Coactivo: Eric Armas Cárdenas, con DNI N° 00102763
Se adjudicará el bien al postor que ofrezca monto mayor por el bien.
Arras 30% del monto adjudicado
El adjudicatario del bien deberá pagar las arras inmediatamente después de adjudicado el bien en efectivo o cheque certificado o de gerencia a la orden de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN, en Soles y, deberá cancelar el saldo del precio, el cuarto (4to) día hábil de realizado el remate.
Sin comisión
Arras, 30% del monto de adjudicación. El adjudicatario del bien, después de concluido el acto de remate, entregará en calidad de arras al Martillero Público o al Ejecutor Coactivo el 30% del monto adjudicado, en cheque certificado o de gerencia o en efectivo
Una vez adjudicados los citados bienes se ordenará se deje sin efecto toda carga o gravámenes registrados en SUNARP que pese sobre el bien de conformidad con el artículo 116° numeral 10 del Texto Único Ordenado del Código Tributario.
artículo 121º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante D.S. Nº133-2013-EF, y los artículos 25º y siguientes del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº216-2004/SUNAT.
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Para participar en el remate solo debe presentar su DNI. La subasta se realizará bajo el sistema de “Viva voz” con modalidad de “Arras”, que permite a los postores anunciar sus propuestas en voz alta, resultando ganador quien haya realizado la mayor oferta económica, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos.
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