Cecilia Lucia Alvarado Cieza – Ejecutor Coactivo
Consiste en depositar antes de iniciado el acto de remate, como mínimo, un monto equivalente al 10% del precio base en primera y segunda convocatoria y del 20% de la postura ofrecida en el caso de tercera o posteriores convocatorias. Concluido el acto de remate, el adjudicatario deberá cancelar el saldo del precio, en efectivo, cheque certificado o de gerencia a la orden de SUNAT/BANCO DE LA NACION al cuarto (4) día hábil de realizado el remate. A los postores no beneficiados con la adjudicación se les devolverá al término del acto de remate el íntegro de la suma depositada.
EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN - Ordenado por el Ejecutor Coactivo de la SUNAT: Monica Claros Montaldo con Resolución Coactiva Nº 000-2019-03 hasta por la suma de DIEZ MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 10,500.00) así consta en la Partida Registral Nº 60520990 del Registro de Propiedad Vehicular de la Oficina Registral de Jaén – Zona Registral N° II Sede Chiclayo – SUNARP y EMBARGO EN FORMA DE DEPÓSITO CON EXTRACCIÓN Ordenado por el Ejecutor Coactivo de la SUNAT: Edwin Alexander Castillo Narro con Resolución Coactiva Nº 160-2022-05 hasta por la suma de DIEZ MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES (S/10,500.00)
Su exhibición se realizará los días viernes 22, lunes 25 y martes 26 de noviembre de 2024, en el horario de 09:00 a 13:00 y de 14:30 a 16:30 horas, en el Almacén de SUNAT sito en Calle Sin Nombre y Sin Número - Sector Betania- Ref. Carretera al caserío Bella Unión - a 50 metros del Complejo Qhapac Ñan, distrito, provincia y departamento de Cajamarca.
El adjudicatario del bien deberá cancelar el saldo del precio, en efectivo o cheque certificado o de gerencia a la orden de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN, en Soles (S/), hasta el cuarto (4to) día hábil de realizado el remate. Tratándose de bienes muebles verificado el pago, se procederá a la entrega del bien adjudicado.
OBLAJE (Consiste en depositar antes de iniciado el acto de remate, como mínimo, un monto equivalente al 10% del precio base en primera y segunda convocatoria y del 20% de la postura ofrecida en el caso de tercera o posteriores convocatorias. Concluido el acto de remate, el adjudicatario deberá cancelar el saldo del precio, en efectivo, cheque certificado o de gerencia a la orden de SUNAT/BANCO DE LA NACION al cuarto (4) día hábil de realizado el remate. A los postores no beneficiados con la adjudicación se les devolverá al término del acto de remate el íntegro de la suma depositada).
No aplicable
Efectivo o cheque certificado o de gerencia a la orden de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN, en Soles (S/).
Una vez adjudicados los bienes registrables, se ordenará, de corresponder, se deje sin efecto toda carga o gravámenes registrados en SUNARP que pese sobre el bien, salvo las anotaciones de demanda, de conformidad con el artículo 116° numeral 10 del Texto Único Ordenado del Código Tributario.
Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo 133-2013-EF y normas modificatorias.
Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva de la SUNAT aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT y normas modificatorias.
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