INMUEBLE DE DOS PISOS (TIPO DEPÓSITO) EN URB. MAGISTERIAL K-18 - CERCADO DE ILO. AREA DE 200.00 M2

FRENTERA DE INMUEBLE
Categorias
Dependencia
fecha
Precio Base
309765.00
¿Incluye IGV?
No
DATOS DEL ÍTEM OFERTADO
Precio de Tasación
464647.81
Número de remate
PRIMERO
Local del Remate
INTENDENCIA DE TRIBUTOS INTERNOS TACNA - SUNAT (calle Zela N° 701, esquina con pasaje Vigil, Tacna)
Datos del encargado

EJECUTOR COACTIVO: CARLOS F. GALDOS GALDOS

Sistema de remate
Postura a viva voz
Modalidad
Arras
Pago

En efectivo o cheque de gerencia a nombre de SUNAT/BANCO EMISOR, en moneda nacional.

DATOS DEL EMBARGO QUE ORIGINA EL REMATE DE ESTE ÍTEM
Contribuyente deudor coactivo
VICTORIA DEL SUR DISTRIBUCIONES S.R.L.
Número de RUC
20447511607
Ejecutor Coactivo
CARLOS F. GALDOS GALDOS
Auxiliar Coactivo
FREDDY TORRES MARRON
Expediente Coactivo
1110060027441 y acumulados.
Grávamenes

Hipoteca a Favor de la empresa UNIÓN DE CERVECERIAS PERUANAS BACKUS Y JOHNSTON S.A.A. hasta por la suma de US$ 100,389.33 dólares americanos. Embargo a favor de SUNAT hasta por la suma de S/ 750,000.00 Soles. Embargo a favor de la Municipalidad Provincial de ILO hasta por la suma de S/ 14,050.00 Soles, del 08 de julio de 2022. Embargo a favor de la Municipalidad Provincial de ILO hasta por la suma de S/ 20,500.00 Soles, del 16 de mayo de 2025.

DATOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA
Convocatoria a Remate tributario Nro

PRIMERO

Exhibición de los ítems en remate

En el caso de bienes inmuebles, verificar exteriores de inmuebles y revisar la información pública registral.

Encargados del remate

EJECUTOR COACTIVO: CARLOS F. GALDOS GALDOS

CARGA DE DOCUMENTOS
Información de detalle del Ítem ofertado
INFORMACIÓN ADICIONAL
Adjudicación

AL PAGO DEL PRECIO TOTAL, AL CUARTO (4) DÍA HÁBIL POSTERIOR AL ACTO DE REMATE

Modalidad

ARRAS

Pago

En efectivo o cheque de gerencia a nombre de SUNAT/BANCO EMISOR, en moneda nacional.

Comisión del martillero

NO APLICA

Forma de pago

En efectivo o cheque de gerencia a nombre de SUNAT/BANCO EMISOR, en moneda nacional.

Levantamiento de gravámenes y otros

De acuerdo con el artículo 116° numeral 10 del T.U.O. del Código Tributario, una vez adjudicados los bienes, se ordenará dejar sin efecto toda carga o gravamen sobre los mismos y que estuviera registrada ante SUNARP, a excepción de la anotación de demanda.