Martillero Público encargado del remate: Alva Rivera Pamela Marisol.
Ejecutor Coactivo encargado del remate: Lynda García Perea.
Las personas que deseen ser postores deberán depositar antes del inicio del remate, como mínimo un monto equivalente al 10% del precio base del bien, tratándose de la primera y segunda convocatoria y 20% de la postura en el caso de tercera convocatoria. Se adjudicará el (los) bien(es) en el estado que se encuentre(n) al postor que hubiera efectuado la postura más alta, después de un doble anuncio del precio alcanzado sin que se haga una mejor postura. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada.
Embargo en forma de inscripción por Resolución Coactiva N° 1230070929841 del 16/09/2025 expedido por ejecutor coactivo de la SUNAT – Intendencia de Tributos Internos Loreto hasta por la suma de S/. 25,000.00 soles, sobre el inmueble de propiedad del Deudor Tributario, materia del presente remate.
PRIMERO
Bienes Inmuebles: Tratándose de los bienes inmuebles materia de remate, la exhibición al público es por los exteriores de estos y de forma permanente en el lugar de su ubicación. La autorización de ingreso al interior de los inmuebles materia de remate deberá ser solicitado directamente por los interesados con los ocupantes de este.
MARTILLERO: ALVA RIVERA PAMELA MARISOL
Depositado el total del precio, el Ejecutor emitirá la póliza de adjudicación correspondiente y ordenará mediante resolución ordenará dejar sin efecto toda carga o gravámenes registrados en SUNARP que pese sobre el bien de conformidad con el artículo 116° numeral 10 del Texto Único Ordenado del Código Tributario.
SISTEMA DE REMATE: A VIVA VOZ.
MODALIDAD: OBLAJE-
Las personas que deseen ser postores deberán depositar antes del inicio del remate, como mínimo un monto equivalente al 10% del precio base del bien, tratándose de la primera y segunda convocatoria y 20% de la postura en el caso de tercera convocatoria. Se adjudicará el (los) bien(es) en el estado que se encuentre(n) al postor que hubiera efectuado la postura más alta, después de un doble anuncio del precio alcanzado sin que se haga una mejor postura. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada.
Bienes Inmuebles – el 1.5%
Efectivo o Cheque de Gerencia
Depositado el total del precio, el Ejecutor emitirá la póliza de adjudicación correspondiente y ordenará mediante resolución ordenará dejar sin efecto toda carga o gravámenes registrados en SUNARP que pese sobre el bien de conformidad con el artículo 116° numeral 10 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, con excepción de las anotaciones de demandas.
Corresponde al adjudicatario asumir el pago y cancelación de los tributos municipales, así como la tasa registral de transferencia.
Artículo 114°, numerales 9, 10 y 12 del artículo 116°, numeral 3 del artículo 118°, 121° del Texto Único Ordenado del Código Tributario.
Artículos 4°, 5°, 19°, 24°, 25°, 26°, 30°, 31°, 32°, 33° del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva de la SUNAT aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT y normas modificatorias.
De conformidad con el numeral 4 del artículo 25° del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva de la SUNAT, El estado de los bienes muebles será conocido durante la exhibición, adjudicándose los bienes en el estado que se encuentren, sin lugar a reclamo luego de realizado el remate.
- Inicie sesión o registrese para enviar comentarios
- 18 vistas