EJECUTOR COACTIVO: ABOGADO, CARLOS FELIPE GALDOS GALDOS
En efectivo o cheque de gerencia a nombre de SUNAT / BANCO EMISOR, en moneda nacional.
Hipoteca a Favor de SUNAT hasta por el monto de S/ 553,669.50 conforme a los asientos D00008 y D00009 de la partida. Hipoteca a Favor de SUNAT hasta por el monto de S/ 470,625.00 conforme al asiento D00010 de la partida. Hipoteca a Favor de SUNAT hasta por el monto de S/ 398,223.00 conforme al asiento D00012 de la partida. Hipoteca a Favor de SUNAT hasta por el monto de S/ 383,031.00 conforme al asiento D00013 de la partida. Hipoteca Legal a Favor de la empresa PERLA DEL PACÍFICO COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA hasta por el monto de US$ 154,000.00 conforme al asiento D00014 de la partida. Anotación de Arrendamiento a favor de la empresa CONSORCIO DON RAÚL S.A.C. con una renta mensual de US$ 1,000. Embargo a favor de SUNAT hasta por la suma de S/ 1´300,000.00 conforme a la Resolución Coactiva N° 1130070813418 del 28 de mayo de 2025 y ampliada con Resolución Coactiva N° 1130070845312.
PRIMERO
EXTERIORES DEL INMUEBLE E INFORMACIÓN PÚBLICA REGISTRAL
EJECUTOR COACTIVO: ABOGADO, CARLOS FELIPE GALDOS GALDOS
En caso de bienes embargados el adjudicatario deberá pagar el saldo del precio del bien adjudicado el cuarto (04) día hábil de realizado el remate del bien, para formalizar la transferencia y entrega de la documentación para la anotación registral.
ARRAS
En efectivo o cheque de gerencia a nombre de SUNAT / BANCO EMISOR, en moneda nacional.
NO APLICA
En efectivo o cheque de gerencia a nombre de SUNAT / BANCO EMISOR, en moneda nacional.
De acuerdo con el artículo 116° numeral 10 del T.U.O. del Código Tributario, una vez adjudicados los bienes, se ordenará dejar sin efecto toda carga o gravamen sobre los mismos y que estuviera registrada ante SUNARP, a excepción de la anotación de la demanda.
ARTÍCULOS 24° A 33° DEL REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA (RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA 216-2004-SUNAT)
ARTÍCULOS 116° Y 121° DEL T.U.O. DEL CÓDIGO TRIBUTARIO (D.S. 133-2013-EF)
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