Ejecutor Coactivo, abogado: CARLOS FELIPE GALDOS GALDOS
En efectivo o cheque de gerencia a nombre de SUNAT / BANCO EMISOR, en moneda nacional.
Garantía Mobiliaria del 30 de marzo de 2012 a favor de RENZO ALBERTI SIERRA, dispuesto por Notario, hasta por la suma de US$ 40,000.00. Embargo a favor de la SUNAT hasta por el monto de S/ 30,000.00 dispuesto por la Ejecutor Coactivo de Cusco: Patricia Abrill Arriola, según Resolución Coactiva 0910070026997 del 10 de abril de 2014. Embargo a favor de SUNAT Cusco hasta por la suma de S/ 16,800.00 dispuesto por la Ejecutor Coactivo: Patricia Abrill Arriola, el 14 de octubre de 2014. Embargo a favor de SUNAT Tacna hasta por la suma de S/ 23,000.00 dispuesto por la Resolución Coactiva 1130070603966 del 01 de junio de 2022. Embargo a favor de SUNAT Tacna hasta por la suma de S/ 40,000.00 dispuesto por la Resolución Coactiva 1130070603966 del 01 de junio de 2022.
PRIMERO
Almacén en la Aduana de Tacna, Parque Industrial manzana A lotes 5 y 6 Pocollay, Tacna. Previa cita al teléfono 052- 583120 anexo 45090 (Ejecutor Coactivo).
Ejecutor Coactivo, abogado: CARLOS FELIPE GALDOS GALDOS
En caso de bienes embargados el adjudicatario deberá pagar el saldo del precio del bien adjudicado el cuarto (04) día hábil de realizado el remate del bien, para la emisión de los documentos de transferencia y la entrega del vehículo.
ARRAS
En efectivo o cheque de gerencia a nombre de SUNAT / BANCO EMISOR, en moneda nacional.
NO APLICA
En efectivo o cheque de gerencia a nombre de SUNAT / BANCO EMISOR, en moneda nacional.
De acuerdo con el artículo 116° numeral 10 del T.U.O. del Código Tributario, una vez adjudicados los bienes, se ordenará dejar sin efecto toda carga o gravamen sobre los mismos y que estuviera registrada ante SUNARP, a excepción de la anotación de la demanda.
ARTÍCULOS 24° A 33° DEL REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA (RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA 216-2004-SUNAT)
ARTÍCULOS 116° Y 121° DEL T.U.O. DEL CÓDIGO TRIBUTARIO (D.S. 133-2013-EF)
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