Encargado del Remate : Ejecutor Coactivo Dr. Ricardo Murguia Jara.
Forma de pago: En Efectivo, en cheque de gerencia o en cheque certificado girado a nombre de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN (Plaza Piura), en moneda nacional y sin considerar céntimos. Cancelación de Saldo: El saldo del precio de los bienes adjudicados deberá ser cancelado el cuarto (4) día hábil siguiente a la fecha del remate de los bienes.
1) En el asiento D00002 figura medida cautelar de embargo en forma de inscripción ordenado por el Juez Supernumerario del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Piura, hasta por la suma de S/ 15,000.00 2) En el asiento D00003 figura embargo en forma de inscripción ordenado por la SUNAT mediante Resolución Coactiva N° 0830071001793 hasta por la suma de S/ 400,000.00.
Partida Registral N° 04037617 de la Oficina Registral Piura.
Mayor información llamar a los teléfonos 970605072 – 956904331.
Inmueble no afecto al IGV
En algunos inmuebles las imágenes son referenciales.
Depositado el total del precio, el Ejecutor Coactivo encargado del remate emitirá la póliza de adjudicación correspondiente y el Ejecutor Coactiva que convoca ordenará mediante resolución dejar sin efecto las cargas y/o los gravámenes que pesen sobre el bien que corresponda, con excepción de las anotaciones de demandas.
TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL CÓDIGO TRIBUTARIO APROBADO MEDIANTE D.S. Nº 133-2013-EF. Y REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA, APROBADO POR LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 216-2004/SUNAT.
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