Depositar como mínimo en efectivo o cheque certificado o de gerencia a nombre de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN, en moneda nacional, el monto equivalente a: 1) 10% del precio base en 1ra. y 2da. convocatoria,2) 20% del precio base para 3ra. convocatoria; lo cual debe ser alcanzado en el día de la convocatoria (Remate).
El adjudicatario del bien deberá cancelar el saldo del precio, en efectivo o cheque certificado o de gerencia a la orden de SUNAT/Banco de la Nación, en soles (S/), el cuarto (4to) día hábil de realizado el remate. Los bienes se rematan donde están, como están, en el estado en que se encuentren, a la vista (ad corpus) y sin lugar a reclamo posterior. Verificar estado de conservación de bienes muebles.
1) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, trabado con Resolución N° 1430070506739 del 26/04/2023 emitida por el Ejecutor Coactivo Victor Raúl Gonzalo Gallardo Larrea de la SUNAT de la Intendencia de Tributos Internos de Chimbote, ampliada mediante Resolución N°1430070655469 del 11/02/2025 por el Ejecutor Coactivo Rosa Milagros Quevedo García de la Intendencia de Tributos Internos Chimbote - SUNAT hasta por la suma de CIENTO SETENTA MIL con 00/100 soles (S/ 170,000.00); conforme se tiene en el Asiento D00002 y D00004 de la Partida Registral N° 11026995 – Zona Registral N° VII Sede Huaraz Oficina Chimbote.
Abog. Carlos Balta Anchi
La comisión del martillero estará a cargo del adjudicatario y será el porcentaje del 1.5% más el IGV respectivo. En el caso de los bienes inmuebles el IGV se excluye, salvo que sea la primera venta realizada por el constructor, conforme a la normatividad vigente de la Ley y Reglamento del IGV.
CONFORME AL ARTÍCULO 116° DEL CÓDIGO TRIBUTARIO ES FACULTAD DEL EJECUTOR COACTIVO: “Dejar sin efecto toda carga o gravamen que pese sobre los bienes que hayan sido transferidos en el acto de remate, excepto la anotación de la demanda”.
Texto Único Ordenado Del Código Tributario aprobado mediante D.S. Nº 133-2013-EF. Reglamento Del Procedimiento De Cobranza Coactiva, aprobado por la Resolución De Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT.
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