Inmueble ubicado en Mza C17 sub lote 14B Urbanización Las Palmeras I Etapa; distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura

Categorias
Dependencia
fecha
Precio Base
59658
¿Incluye IGV?
No
DATOS DEL ÍTEM OFERTADO
Precio de Tasación
123858.58
Número de remate
Tercero
Local del Remate
Av. Loreto N° 600 Piura-Piura-Piura
Sistema de remate
Postura a viva voz
Modalidad
Arras
Pago

Forma de pago: En Efectivo, en cheque de gerencia o en cheque certificado girado a nombre de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN (Plaza Piura), en moneda nacional y sin considerar céntimos. Cancelación de Saldo: El saldo del precio de los bienes adjudicados deberá ser cancelado el cuarto (4) día hábil siguiente a la fecha del remate de los bienes.

DATOS DEL EMBARGO QUE ORIGINA EL REMATE DE ESTE ÍTEM
Contribuyente deudor coactivo
RODAL INGENIERIA Y CONSULTORIA SAC
Número de RUC
20530209505
Ejecutor Coactivo
Edwin Lecarnaqué Molina
Auxiliar Coactivo
Gelio Zapata Martínez
Expediente Coactivo
0830060735689
Grávamenes

Gravámenes y Cargas: 1) En el asiento D00002 figura embargo en forma de inscripción ordenado por la SUNAT mediante Resolución Coactiva 0830071299721 hasta por la suma de S/ 90,000.00

Otros

Partida Registral N° 11242407 de la Oficina Registral Piura Mayor información llamar a los teléfonos 970605072 – 956904331.

DATOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA
Exhibición de los ítems en remate

BIENES INMUEBLES: TRATÁNDOSE DE LOS BIENES INMUEBLES MATERIA DE REMATE, SU EXHIBICIÓN AL PÚBLICO ES POR LOS EXTERIORES DE LOS MISMOS Y DE FORMA PERMANENTE EN EL LUGAR DE SU UBICACIÓN. LA AUTORIZACIÓN DE INGRESO AL INTERIOR DE LOS INMUEBLES MATERIA DE REMATE DEBERÁ SER SOLICITADO DIRECTAMENTE POR LOS INTERESADOS CON LOS OCUPANTES DEL MISMO.

Encargados del remate

Martillero Público Abogado Carlos Alfonso Navarrete Roldán con registro profesional Nº 105.

CARGA DE DOCUMENTOS
Información de detalle del Ítem ofertado
Guía del ofertante
INFORMACIÓN ADICIONAL
Comisión del martillero

Los honorarios del Martillero Público son de cargo del adjudicatario. En el caso de bienes muebles, es de cargo del adjudicatario el 3% del precio subastado más IGV. En caso de bienes inmuebles, el porcentaje será de 1.5% más el IGV respectivo. En el caso de los bienes inmuebles el IGV se excluye, salvo que sea la primera venta realizada por el constructor, conforme la normatividad vigente de la Ley del IGV.

Levantamiento de gravámenes y otros

Depositado el total del precio, el martillero emitirá la póliza de adjudicación correspondiente y el Ejecutor ordenará mediante resolución dejar sin efecto las cargas y/o los gravámenes que pesen sobre el bien que corresponda, con excepción de las anotaciones de demandas.