CARLOS F. GALDOS GALDOS (956910032)
En efectivo o cheque de gerencia a nombre de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN, en moneda nacional.
Hipoteca a favor de EDYPIME CREAR TACNA hasta por la suma de US$ 1,600.00. Hipoteca a favor de BANCO DE CREDITO DEL PERÚ hasta por la suma de S/ 311,051.08. Embargo a favor de SUNAT hasta por la suma de S/ 45,000.00. Embargo a favor de Banco Financiero del Perú hasta por la suma de S/ 38,000.00 ordenado por el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de Tacna.
TERCERO
INMUEBLE
CARLOS FELIPE GALDOS GALDOS
En caso de bienes embargados el adjudicatario deberá pagar el saldo del precio del bien adjudicado el cuarto (04) día hábil de realizado el remate del bien.
SUBASTA
En efectivo o cheque de gerencia a nombre de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN, en moneda nacional.
NO EXISTE
En efectivo o cheque de gerencia a nombre de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN, en moneda nacional.
De acuerdo con el artículo 116° numeral 10 del T.U.O. del Código Tributario, una vez adjudicados los bienes, se ordenará dejar sin efecto toda carga o gravamen sobre los mismos y que estuviera registrada ante SUNARP, a excepción de la anotación de demanda.
Artículo 116° numeral 12. del TUO del Código Tributario, aprobado por D.S. 133-2013-EF.
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