Nilton Ronald Capcha Sánchez - 956680268
Efectivo o cheque certificado o de gerencia a la orden de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN, en Soles.
El adjudicatario del bien deberá cancelar el saldo del precio, en efectivo o cheque certificado o de gerencia a la orden de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN, en Soles, el cuarto (4to) día hábil de realizado el remate. Los bienes se rematan dónde están, como están, en el estado en que se encuentren, a la vista (Ad Corpus) y sin lugar a reclamo posterior. Verificar estado de conservación de bienes muebles.
1) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, trabado con Resolución Coactiva N° 1530070029075 de fecha 09/08/2011 emitida por el Ejecutor Coactivo Valentin G. Vizzi Baldeon de la Oficina Zonal Ucayali - SUNAT, hasta por la suma de NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/ 96,675.00), asiento D00009.
2) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, trabado con Resolución Coactiva N° 1530070059827 de fecha 20/12/2013 emitida por el Ejecutor Coactivo Valentin G. Vizzi Baldeon de la Oficina Zonal Ucayali - SUNAT, hasta por la suma de CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 SOLES (S/ 400,000.00), asiento D00010.
3) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, trabado con Resolución Coactiva N° 1530070063882 de fecha 07/02/2014 emitida por el Ejecutor Coactivo Valentin G. Vizzi Baldeon de la Oficina Zonal Ucayali - SUNAT, hasta por la suma de SETENTA MIL CON 00/100 SOLES (S/ 70,000.00), asiento D00011, AMPLIADO mediante Resolución Coactiva N° 1530070068116 de fecha 09/06/2014 hasta por la suma de OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO DIECIOCHO CON 00/100 SOLES (S/ 834,118.00), asiento D00012.
4) HIPOTECA a favor de SUNAT inscrito en el asiento D00013 por escritura pública del 13/11/2014 con el objeto de garantizar el pago de la deuda tributaria materia de aplazamiento y/o fraccionamiento hasta por la suma de UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CON 00/100 SOLES(S/ 1´542,870.00).
5) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, trabado con Resolución Coactiva N° 1530070261527 de fecha 14/08/2019 emitida por el Ejecutor Coactivo Charito Avila Vasquez de la Oficina Zonal Ucayali - SUNAT, hasta por la suma de CUARENTA MIL CON 00/100 SOLES (S/ 40,000.00), asiento D00014, AMPLIADO mediante Resolución Coactiva N° 1530070516630 de fecha 16/02/2024 hasta por la suma de UN MILLON NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS 00/100 SOLES (S/ 1´999,276.00), asiento D00018.
6) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, trabado con Resolución Coactiva N° 00000013-TR de fecha 25/11/2022 emitida por el Ejecutor Coactivo Luci del Rocio Cordova Tarrillo de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, hasta por la suma de VEINTIOCHO MIL CON 00/100 SOLES (S/ 28,000.00), asiento D00015.
7) ARRENDAMIENTO a favor de INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR PEDAGOGICO PRIVADA CORONEL PEDRO PORTILLO SILVA SAC inscrita en el asiento D00017 por escritura pública del 15/06/2023.
REMATE SUSPENDIDO POR RESOLUCIÓN COACTIVA N° 1530070530303 del 19/03/2024. Una vez extinguida la causal de suspensión del remate, el Ejecutor convocara nuevamente a remate del bien embargado , sin reducir el precio base.
PRIMERO
Tratándose De Bienes Inmuebles: Los interesados podrán verlo en el lugar de su ubicación, por lo que no resulta aplicable el numeral 4) del artículo 25° del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado por R.S N° 216-2004/SUNAT. La exhibición al publico es por los exteriores de los mismos y de forma permanente en el lugar de su ubicación. La autorización de ingreso al interior del inmueble materia a remate deberá ser solicitado directamente por los interesados con los ocupantes del mismo.
El adjudicatario del bien deberá cancelar el saldo del precio, en efectivo o cheque certificado o de gerencia a la orden de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN, en Soles, el cuarto (4to) día hábil de realizado el remate. Los bienes se rematan dónde están, como están, en el estado en que se encuentren, a la vista (Ad Corpus) y sin lugar a reclamo posterior. Verificar estado de conservación de bienes muebles.
Arras, 30% del monto de adjudicación.
El adjudicatario del bien, después de concluido el acto de remate, entregará en calidad de arras al Martillero Público el 30% del monto adjudicado, en cheque certificado o de gerencia o en efectivo.
Efectivo o cheque certificado o de gerencia a la orden de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN, en Soles
TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL CÓDIGO TRIBUTARIO APROBADO MEDIANTE D.S. Nº 133-2013-EF. REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA, APROBADO POR LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 216-2004/SUNAT
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