SEGUNDO REMATE PÚBLICO/ NEGOCIOS AGRICOLAS Y FORESTALES S.A.C.

INMUEBLE UBICADO EN EL TERMINAL DE VEHICULOS
Categorias
Dependencia
fecha
Precio Base
114668.51
¿Incluye IGV?
No
DATOS DEL ÍTEM OFERTADO
Precio de Tasación
202356.19
Número de remate
SEGUNDO
Local del Remate
AV. 28 DE JULIO 810 - 3ER PISO - PUNCHANA
Datos del encargado

MARTILLERO: ALVA RIVERA PAMELA MARISOL

Sistema de remate
Postura a viva voz
Modalidad
Oblaje
Pago

En efectivo o cheque de gerencia a nombre de SUNAT / BANCO EMISOR, en moneda nacional.

DATOS DEL EMBARGO QUE ORIGINA EL REMATE DE ESTE ÍTEM
Contribuyente deudor coactivo
GARCIA IBERICO OLIVEROS
Número de RUC
10011471272
Ejecutor Coactivo
Lynda García Perea
Expediente Coactivo
1230060337759
Grávamenes

Gravámenes o Cargas: Hipoteca a favor de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - Sunat como garantía hipotecaria según escritura pública del 18/02/2022 hasta por la suma de S/ 616,604.80 soles, materia del presente remate.

DATOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA
Convocatoria a Remate tributario Nro

SEGUNDO REMATE PÚBLICO

Exhibición de los ítems en remate

Bienes Inmuebles: Tratándose de los bienes inmuebles materia de remate, la exhibición al público es por los exteriores de estos y de forma permanente en el lugar de su ubicación. La autorización de ingreso al interior de los inmuebles materia de remate deberá ser solicitado directamente por los interesados con los ocupantes de este. 

INFORMACIÓN ADICIONAL
Adjudicación

En caso de bienes embargados el adjudicatario deberá pagar el saldo del precio del bien adjudicado el cuarto (04) día hábil de realizado el remate del bien, para la emisión de los documentos formales y/ entrega del bien adjudicado.

Modalidad

POSTURA A VIVA VOZ

Comisión del martillero

Bienes Inmuebles – el 1.5% y Bienes Muebles - 3% del precio subastado

Levantamiento de gravámenes y otros

De acuerdo con el artículo 116° numeral 10 del T.U.O. del Código Tributario, una vez adjudicados los bienes, se ordenará dejar sin efecto toda carga o gravamen sobre los mismos y que estuviera registrada ante SUNARP, a excepción de la anotación de la demanda.