Ejecutor Coactivo: Nilton Ronald Capcha Sánchez – DNI N° 42038692
Arras, 30% del monto de adjudicación. El adjudicatario del bien, después de concluido el acto de remate, entregará en calidad de arras al Martillero Público o al Ejecutor Coactivo el 30% del monto adjudicado, en cheque certificado o de gerencia o en efectivo.
1) Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú, hasta por la suma de Noventa Mil Doscientos Veinticuatro y 00/100 Dólares Americanos ($ 90,224.00), asiento 00004; 2) embargo en forma de inscripción como medida cautelar previa trabado mediante Resolución Coactiva N° 1530070405133, hasta por la suma de Ciento Cincuenta Mil y 00/100 Soles (S/ 150,000.00), asiento D00005; 3) Conversión a definitiva de embargo en forma de inscripción, trabado con Resolución Coactiva N° 1530070449834, asiento D00006; 4) ampliación de embargo en forma de inscripción, trabado mediante Resolución Coactiva N° 1530070547077, hasta por la suma de Cuatrocientos Mil y 00/100 Soles (S/ 400,000.00), asiento D00007.
Partida Registral N° 00001962 – Zona Registral N° VI, Oficina Registral Pucallpa
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Tratándose de Bienes Inmuebles: Los interesados podrán verlo en el lugar de su ubicación, no resulta aplicable el numeral 4) del artículo 25° del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado por R.S N° 216-2004/SUNAT. La exhibición al público es por los exteriores de los inmuebles y de forma permanente en el lugar de su ubicación. La autorización de ingreso deberá ser solicitada directamente a los ocupantes.
Ejecutor Coactivo: Nilton Ronald Capcha Sánchez – DNI N° 42038692
Auxiliar Coactivo: Eric Armas Cárdenas - DNI N° 00102763
Se adjudicará el bien al postor que ofrezca el importe mayor
Arras del 30% del monto adjudicado
Efectivo o cheque certificado o de gerencia a la orden de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN, en Soles.
Sin comisión
El adjudicatario del bien deberá cancelar inmediatamente después de la adjudicación, las arras del 30% del monto adjudicado, en efectivo o cheque certificado o de gerencia a la orden de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN, en Soles y, el saldo del precio, el cuarto (4to) día hábil de realizado el remate.
Una vez adjudicados los citados bienes se ordenará se deje sin efecto toda carga o gravámenes registrados en SUNARP que pese sobre el bien de conformidad con el artículo 116° numeral 10 del Texto Único Ordenado del Código Tributario.
Artículo 121º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante D.S. Nº133-2013-EF, y los artículos 25º y siguientes del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº216-2004/SUNAT
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