PRIMER REMATE PÚBLICO/ GRIFO FLOTANTE-MULTISERVICIOS ITAYA E.I.R.L. /RUC: 20541252321 / 10:00 a.m.

Categorias
Dependencia
fecha
Precio Base
83209.69
¿Incluye IGV?
No
DATOS DEL ÍTEM OFERTADO
Precio de Tasación
124814.54
Número de remate
PRIMERO
Local del Remate
SEDE UNICA I.T.I. LORETO - I.A. IQUITOS SUNAT
Datos del encargado

Martillero Público: Marco Antonio Urbina Chumpitassi

Sistema de remate
Postura a viva voz
Modalidad
Oblaje
Pago

Efectivo, Cheque Certificado o Cheque de Gerencia, girado a nombre de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN, en soles y sin céntimos.

DATOS DEL EMBARGO QUE ORIGINA EL REMATE DE ESTE ÍTEM
Contribuyente deudor coactivo
GRIFO FLOTANTE-MULTISERVICIOS ITAYA E.I.R.L.
Número de RUC
20541252321
Ejecutor Coactivo
JOSÉ GUILLERMO ORTIZ ROMERO
Auxiliar Coactivo
VASQUEZ AYRA HELEM DIANA
Expediente Coactivo
1210060026733
Grávamenes

Hipoteca a favor de Banco Continental hasta por la suma de U$. 25,000.00 dólares americanos. Embargo por Resolución Coactiva N° 1210070031488 del 18/11/2016, ampliado por Resolución Coactiva N° 1230070635433, expedido por ejecutor coactivo de la SUNAT – Intendencia de Tributos Internos Loreto hasta por la suma de S/. 70,000.00 soles, sobre el inmueble de propiedad del Deudor Tributario, materia del presente remate. De la revisión de la Partida N° P12052697 se aprecia que con fecha posterior al embargo expedido por el Ejecutor Coactivo de SUNAT-ITI Loreto el inmueble fue transferido a Elva Karina Isern Flores quien asumió libre y voluntariamente todas las cargas y gravámenes antes descritos del inmueble a rematar.

DATOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA
Exhibición de los ítems en remate

Tratándose de un bien inmueble, su exhibición al público en general es permanente en el lugar de su ubicación, por lo que no resulta aplicable el numeral 4) del artículo 25º del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado por R.S. N° 216-2004/SUNAT.

Encargados del remate

Martillero Público: Marco Antonio Urbina Chumpitassi

INFORMACIÓN ADICIONAL
Adjudicación

Se debe tener en consideración lo señalado en el inciso 2 del artículo 739° del Código Procesal Civil “2. La orden que deja sin efecto todo gravamen que pese sobre éste, salvo la medida cautelar de anotación de demanda; se cancelará además las cargas o derechos de uso y/o disfrute, que se hayan inscrito con posterioridad al embargo o hipoteca materia de ejecución.”

Modalidad

OBLAJE

Pago

Efectivo, Cheque Certificado o Cheque de Gerencia, girado a nombre de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN, en soles y sin céntimos.

Comisión del martillero

1.5%